
Normas de seguridad para el acceso al estadio de Gran Canaria
La UD Las Palmas recuerda que la normativa en materia de seguridad para el control del acceso a los recintos deportivos prohibe la introducción de botellas de más de 0.5 litros (y sin tapón), así como todo tipo de alimentos o cualquier otro objeto superio
Asimismo, y bajo el amparo del RD 203/2010 sobre el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, se recuerda a los aficionados las siguientes causas que impiden el acceso o permanencia en el recinto:
-Participar en altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos.
-Introducir, portar o utilizar cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos efectos.
-Objetos de peso superior a 500 g susceptibles de utilizarse como proyectiles.
-Introducir o estar en posesión de bengalas, petardos, explosivos o, en general, productos inflamables.
-Introducir o vender cualquier clase de bebida alcohólica, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes.
-Introducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, símbolos, u otras señas que inciten a la violencia o terrorismo.
-Realizar cánticos, expresiones, sonidos o aptitudes que inciten a la violencia o al terrorismo.
-Irrumpir en el terreno de juego.
-Haber sido sancionado con la prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo en tanto no se haya extinguido la sanción.