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Apelación desestima el recurso de la UD y mantiene los 5 partidos de sanción a Livaja

El Comité de Apelación de la Real Federación de Fútbol (RFEF) ha acordado hoy en su reunión en Madrid desestimar el recurso presentado por la UD Las Palmas y mantiene los cinco (5) partidos impuestos por el Comité de Competición.

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En Madrid, reunido el Comité de Apelación de la RFEF para resolver el recurso interpuesto por la UD Las Palmas contra acuerdo del Comité de Competición de fecha 25 de abril de 2017 en el que se sancionaba al jugador Marko Livaja con cinco (5) partidos, ha acordado desestimar el mismo. El club alegó que el jugador sancionado se limitó a intentar explicarle al árbitro su versión de lo ocurrido, y para llamar su atención le tocó en el hombro, gesto que fue indebidamente interpretado por aquél como un empujón.

Competición ha entendido que "no puede ser admitida como cierta, ante la dificultad probatoria que suscita el hecho de que la prueba videográfica fue aportada por el recurrente en segunda instancia, lo que hace imposible que podamos tomarla en consideración, por imperativo del artículo 47 del Código Disciplinario de la RFEF".

El acta arbitral del encuentro del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División, disputado el día 23 de abril de 2017 entre los clubs UD Las Palmas, SAD, y Deportivo Alavés, SAD, en el apartado de jugadores, bajo el epígrafe de expulsiones, literalmente transcrito, dice: “UD Las Palmas SAD: En el minuto 86, el jugador (9) Marko Livaja fue expulsado por el siguiente motivo: Dar una patada a un adversario, estando el balón en juego, con el uso de fuerza excesiva. Una vez expulsado, me lanzó un empujón sobre mi hombro izquierdo”.

Vistos el acta y demás documentos correspondientes al referido encuentro, el Comité de Competición, en resolución de fecha 25 de abril de 2017, adoptó los siguientes acuerdos: Primero.- Suspender por un partido al jugador don Marko Livaja, por producirse de manera violenta con otro futbolista, con multa accesoria en cuantía de 350 € al club y de 600 € al infractor, en aplicación de los artículos 123.1 y 52 del Código Disciplinario de la RFEF; y Segundo.- Imponer al citado jugador sanción de suspensión durante cuatro partidos, por infracción del artículo 96 CD una vez expulsado, con multa accesoria en cuantía de 1.400 € al club y de 3.005 € al futbolista (artículo 52).